Me he separado de mi pareja y quiero quedarme con la casa, pero tengo hipoteca, ¿qué tengo que hacer?
Este es un caso muy común y tiene solución, siempre que sigamos los pasos adecuados:
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- Estudio de viabilidad en el banco.
Lo primero es acudir al banco donde tienes la hipoteca y realizar un análisis de viabilidad financiera. Este estudio determinará si tienes capacidad económica suficiente para asumir los pagos del préstamo de manera individual.
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- Extinción de comunidad y subrogación.
Si el estudio es positivo, el siguiente paso es coordinar una cita con el notario y el banco para realizar una extinción de comunidad (eliminación de la copropiedad) y una subrogación de la hipoteca. Así, el inmueble pasará a estar únicamente a tu nombre y serás la única persona responsable de la hipoteca.
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- Gastos asociados.
Ten en cuenta los costos adicionales:
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- Impuestos: Aproximadamente el 1,5% del importe pendiente de la hipoteca.
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- Comisiones bancarias: Consultar con tu entidad financiera.
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- Notaría y registro: Para formalizar los cambios legales del préstamo y la compraventa.
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¿Quieres más detalles? Te invitamos a realizar un estudio personalizado sin compromiso. Contáctanos y te asesoraremos.
Tengo mi casa alquilada y quiero venderla, ¿qué debo hacer?
Si deseas vender una vivienda alquilada, debes considerar algunos factores importantes según el tiempo que el inquilino lleva viviendo en la propiedad:
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- Renuncia al derecho de tanteo y retracto.
Si el inquilino lleva más de tres años residiendo en la vivienda, es posible firmar un documento de renuncia al derecho de tanteo y retracto. Este derecho permite al inquilino tener preferencia para comprar la propiedad.
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- Notificar al inquilino.
En caso de que no hayan pasado tres años, deberás informar al inquilino sobre tu intención de vender la vivienda. Es necesario que comparezca en la notaría para manifestar que no está interesado en la compra.
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- Venta con inquilino.
También puedes vender la vivienda con el inquilino dentro, siempre respetando las condiciones del contrato de arrendamiento y notificándole debidamente.
Quiero donar una vivienda en vida, ¿qué debo hacer?
Existen varias opciones para donar una propiedad en vida. A continuación, te explicamos las alternativas más comunes y recomendadas:
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- Donar dinero y luego realizar la compra.
Esta es la opción más eficiente. Transferir el dinero al heredero y realizar la compra directamente a su nombre permite evitar gastos innecesarios, como la inscripción adicional en el Registro de la Propiedad.
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- Donar la vivienda después de la compra.
Si decides comprar primero la vivienda a tu nombre y luego donarla, tendrás que realizar un proceso adicional de registro para transferir la propiedad, lo que incrementará los costos.
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- Beneficios fiscales para menores de 35 años.
Si el heredero tiene menos de 35 años, optar por la donación de dinero y luego la compra permite beneficiarse de una reducción del 2% en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).
Para procesos más específicos, como la donación de nuda propiedad o usufructo, te recomendamos que consultes con nuestros expertos.
Soy extranjero, he vendido mi casa en España y regreso a mi país, ¿qué debo hacer?
La venta de una propiedad en España, siendo no residente, tiene particularidades fiscales:
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- Retención del 3% por no residentes.
En el momento de la venta, el comprador retendrá un 3% del precio final de la transacción. Esta cantidad se puede reclamar presentando los modelos 210 y 211 ante Hacienda.
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- Plusvalía municipal.
El vendedor es responsable del pago de este impuesto. Si no se liquida, el comprador podría ser considerado responsable subsidiario.
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- Certificado de residencia fiscal.
Si puedes demostrar tu residencia fiscal en otro país, podrías estar exento de ciertas retenciones.
Consulta con un gestor especializado para garantizar un proceso sin contratiempos.
¿Qué es la Plusvalía?
La Plusvalía Municipal es un impuesto que grava el incremento del valor de los terrenos urbanos durante el tiempo que han sido propiedad del vendedor. Su cálculo depende de:
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- Los años de propiedad.
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- El tamaño del terreno.
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- Las tablas de coeficientes de cada Ayuntamiento.
Además, existe la Plusvalía Fiscal, que evalúa el incremento patrimonial obtenido con la venta del inmueble. Consulta con un gestor para determinar si hay ganancia o pérdida fiscal en tu caso.
Compra con minusvalía
Las personas con un grado de discapacidad entre el 33% y el 65% pueden beneficiarse de una reducción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP):
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- Del 10% al 8% para vivienda habitual.
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- Del 10% al 4% si la discapacidad supera el 65%.
Aporta la certificación médica para acceder a estas ventajas fiscales.
Compra o venta con plazo aplazado
Si está considerando vender con pago aplazado, se recomienda incluir una cláusula resolutoria expresa en el contrato. Esta cláusula actúa como garantía real y debe ser inscrita en el registro de la propiedad. Además, tendrá que pagar un impuesto del 1,5% (en la Comunidad Valenciana) que corresponde al vendedor. Si no se incluye esta cláusula, no podrá garantizar el pago en caso de que el comprador decida vender la propiedad a un tercero, quien podría comprar de buena fe y, en caso de insolvencia o mudanza al extranjero, no cumplir con el pago.
MI VIVIENDA ES DE VPO (VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL) Y QUIERO VENDERLA O ALQUILARLA, ¿QUÉ DEBO HACER?
Para vender o alquilar una vivienda de protección oficial (VPO), es esencial conocer el tipo de protección y duración de la misma, ya que estas viviendas tienen un precio máximo fijado a nivel autonómico para la venta y alquiler, incluidas sus anexos (como garaje y trastero). Debe solicitarse un certificado al organismo autonómico correspondiente (en nuestro caso, la Generalitat) para asegurarse de no superar los límites de precio estipulados. Este certificado debe estar actualizado, ya que los precios pueden variar. Si no se ajusta a estos precios, pueden imponerse multas o requerir la devolución de las ayudas recibidas al comprar la vivienda.
HE COMPRADO UNA CASA EN LA PLAYA (SEGUNDA RESIDENCIA) Y NECESITO CAMBIAR EL IMPORTE DE UN CHEQUE, ¿PUEDO HACERLO EN UNA OFICINA DIFERENTE A LA MÍA?
Si necesita cambiar el importe del cheque, puede hacerlo en otra oficina de la misma sucursal sin problema. No obstante, tenga en cuenta que podría cobrarle una tarifa por el cambio. Posteriormente, podrá reclamar esta cantidad en su oficina habitual.
¿QUÉ ES UN PODER NOTARIAL?
Un poder notarial es un documento público que autoriza a una persona para actuar en nombre de otra en determinados actos jurídicos, como la compra o venta de inmuebles. El poder puede ser revocado en cualquier momento por quien lo otorgó. Este proceso se realiza mediante firmas electrónicas, las cuales quedan registradas y son reconocidas a nivel nacional. Además, los poderes notariales tienen reconocimiento internacional mediante la Apostilla de la Haya, que certifica la autenticidad del documento en países firmantes del Convenio de la Haya.
Otros Conceptos Importantes:
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- Cheque conformado
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- Pagar un inmueble: ¿Cheque bancario o transferencia OMF?
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- Tramitación NIE
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- Vender con inquilino
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- Compra aplazada
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- Alquiler con opción a compra
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- Tanteo y retracto – General y Generalitat
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- Cheque erróneo (con importe o datos incorrectos)
¿Te interesa alguno de estos temas?
En Inmobrisa estamos aquí para ayudarte. Ponte en contacto con nuestro equipo para recibir asesoramiento personalizado sobre compraventas, alquileres, donaciones y cualquier otra gestión inmobiliaria.